viernes, 9 de agosto de 2013

Que es una denuncia Falsa.

La Historia y muchas literaturas ilustran diversos tipos de denuncias falsas . Varios guiones de películas (disponibles en cualquier video-club) describen muy bien distintos aspectos de tan patológico fenómeno, y en algunos casos puede ser muy recomendable que las víctimas de denuncias falsas dediquen un par de horas a ver la película que mejor se adapte a su situación, no sólo por las técnicas y argumentos que le aporten, sino también por mantener alta la autoestima y la moral de quien ha sido denunciado falsamente, y tal vez no encuentre en quién apoyarse, ni a quién confiar su problema, mientras dura su calvario.


Las denuncias falsas son rápidamente identificadas por sus víctimas, pero resultan lejanas y dudosas a quienes nunca han sido denunciados falsamente, ni son reconocidas como tales por sus autores, en casi ningún caso. Una denuncia falsa es, en muchos casos, una intensa prueba de madurez a la que el destino somete a la víctima por la iniciativa de un querulante o delirante, pero también con la complicidad de quien sistemáticamente piensa que "cuando el río suena, agua lleva", sin pararse a pensar que ni lo uno ni lo otro es delito, o que algo sea más falso. Quienes han vivido el impacto social y psicológico de verse acusados falsamente no olvidan, no pueden olvidar los peores momentos, el alto precio ya pagado, y sobre todo, la duda de quien menos debería haber dudado. Podemos dar fe deque se pierden los malos amigos, mientras dudan o fastidian.
Chesterton sabiamente decía que las mentiras son más peligrosas cuanto más se aproximan a las verdades. Los tontos no son capaces de separar unas de otras sin ayuda más inteligente, y por ello es muy recomendable que un profesional les haga reconocer sin ambigüedades ni reservas las verdades que exculpan al falsamente denunciado, y también les haga ver y repudiar las mentiras demostradas que inculpan al denunciante falso. Las técnicas criminalísticas y la criminología más profunda pueden y deben ser aplicadas firmemente tanto al más frívolo de los cotillas, como al más respetable de los magistrados para liberar pronto y definitivamente a quien el denunciante falso ha tratado de enredar y complicar con sus maliciosas acusaciones, incluso con una ejemplar condena en costas y actos de desagravio incluso en público, hasta la plena satisfacción de la víctima.
La denuncia falsa exige tiempo, inteligencia y atención de la víctima, pero no mucho más cuando se cuenta con un buen asesoramiento técnico y legal. En cierta forma, algunos querulantes son ladrones del tiempo de sus víctimas, por lo que hay que intentar marcar el ritmo de las actuaciones y disimular o aplazar cualquier imposibilidad de dedicarse oportunamente a la defensa de los intereses, imagen y derechos de la víctima. Son conocidos algunos querulantes que desde lugares muy mal comunicados con el domicilio del denunciado, como Huelva , aprovechan la distancia y el tiempo que consume la personación en "sus juzgados", para coaccionar a sus víctimas más ocupadas, aumentando así la inteligencia y maldad de su perversión . Lo peor es que algún fiscal estúpido y obtuso es incapaz de darse cuenta de la repetida malicia sistemática de algún denunciante al que acaba por conocer, y tal vez temer, o incluso llega a desarrollar cierta complicidad que nadie sabe cómo poder investigar (las amistades de los fiscales parecen inescrutables).




Desde la perspectiva criminológica y victimológica se han de catalogar los perfiles del falso denunciante y de su víctima con cierta definición junto a la esencia de lo que es una denuncia falsa , más allá delerror acusatorio . Pueden encontrarse también elementos comunes entre denuncias falsas de contenido e intención muy diferente que permiten analizar su núcleo y fenomenología crítica para la política criminal y la mejor defensa de los afectados. Sin embargo, en este trabajo no se pretende dar consejo legal, sino sólo una visión global y criminológica-victimológica, desde cuya perspectiva se mejoren las técnicas neutralizadoras contraatacantes en un procedimiento judicial o policial abierto, especialmente basadas en la peritación judicial de un experto criminólogo, capaz de proponer y realizar la prueba apropiada dentro del procedimiento judicial abierto preferentemente en fase de instrucción.
La peor de las motivaciones de una denuncia falsa es la envidia patológica. La relación entre el denunciado falsamente y el denunciante falso siempre es muy compleja, pero en la mayoría de los casos suele haber un componente, característica o virtud en la víctima inalcanzable para el querulante que utiliza los ángulos más fráciles de la reputación para intentar que su objetivo se baje del pedestal en el que él considera que se le ha subido inmerecidamente y, además, sacar todo el partido de ello que pueda conseguir en algún momento de debilidad de la víctima.
Los delitos falsamente denunciados pueden ser muy variados, aunque las amenazas y coacciones sin testigos ni documentos son más habituales, no son infrecuentes muchos otros tipos específicos de acusaciones, como apropiaciones indebidas, hurtos, incendios, daños, envenenamientos, acosos sexuales, sabotajes y últimamente una gran variedad de delitos tecnológicos (virus informáticos, descubrimiento y revelación de secretos, piratería de software, hacking, cracking y phreaking, etc). Pero lo esencial de la falsa denuncia no es el tipo de la acusación, que en ocasiones puede ser sólo un pretexto inconcreto que invita a la policía (incluyendo a la municipal) o la guardia civil, y al juez instructor, a iniciar diligencias especialmente molestas, desagradables y perturbadoras para el denunciado, mientras el denunciante trata de ejercer presión piscológica, social y profesional negociando un hipotético desestimiento con interesadas condiciones basados en una extorsión legal inaceptable desde cualquier perspectiva ética o criminológica.
Características criminológicas esenciales de la denuncia falsa
No es posible definir ninguna perversión por sus modelos ideales, pero sí que se debe de analizar el tipo delictivo amplia y profundamente, no sólo por su interpretación puramente legal, o la que ha ido acumulando la jurisprudencia, porque la doctrina criminológica no tiene por qué coincidir necesariamente con la que utilizan, o pretenden utilizar, los abogados penalistas o los magistrados cuando motivan sus sentencias. No es éste ni el momento ni el lugar para diferenciar a la Criminología del Derecho Penal pero baste aquí con la consideración de sus diferencias científicas en sus bases, medios y fines.
Así, el análisis criminológico pretende ser mucho más universal que el del tipo delictivo del correspondiente artículo del Código Penal de un país en concreto, porque la denuncia falsa, desde la perspectiva criminológica, es una realidad con independencia de cuáles sean las normas y las tradiciones, o las prácticas judiciales al respecto en un lugar geográfico y en un momento histórico determinado, porque sea cualfuere su consideración formal, las denuncias falsas han existido en todas las épocas, y en todas las culturas y sociedades.
La inteligencia y la cultura se definen bien por la forma de razonar ante una falsa acusación. Es muy indicativo el hecho de que en las poblaciones menos preparadas, con sistemas educativos deficientes y las más aisladas, con menos intercambios demográficos, las denuncias falsas "prosperan" en mucha mayor medida que entre las élites de las grandes ciudades, donde resulta mucho más difícil intoxicar y no es aceptable para la comunidad el iniciar procedimientos legales sin suficiente fundamento y pruebas. También es mucho más fácil denunciar falsamente al ausente, o al forastero, como bien conocen los cónsules y embajadores de países más civilizados destinados en los que no lo están tanto.
Un caso intermedio entre el error y la querulancia se encuentra en los desvíos de responsabilidad, en el que el denunciante orienta su acusación no hacia quien él cree que haya cometido un delito, o una falta (a veces le resulta suficiente la indemnización de la falta, pero si depende del querulante, tratará de elevar la pena), sino a quien antes y más puede pagar, y también sufrir, por su acusación. Es decir, que se aprecia una perversa tendencia a dirigir la acusación hacian quien es más solvente o hacia quien está más indefenso, en lugar de hacia quien es más culpable. Este tipo de casos ofrece una gran variedad de matices y grados que sólo pueden ser bien resueltos por la lógica de las pruebas en materia criminal.
La denuncia falsa se define mucho más por su intención, generalmente extorsionante, coactiva, difamadora, injuriosa, calumniosa, y en definitiva, calumniosa y chantajista, que por su falso pretexto penal. Es un error intelectual, más allá de lo incorrecto jurídicamente, centrar los esfuerzos analíticos sólo en los hechos que se denuncian antes y más que en la intención del denunciante, porque eso es lo que precisamente desea el malvado denunciante: que sólo se hable de su denuncia, sintiéndose inmediatamente ofendido e irritado ante cualquier duda o cuestionamiento de su "ilimitado" derecho a denunciar.
Conviene hacer un esfuerzo para separar la subjetividad maliciosa del denunciante, de la objetividad racional de los hechos y sus datos conocidos por cada parte, y por quien recibe, instruye o conoce por cualquier procedimiento el contenido o una noticia de la denuncia, de la afectada subjetividad del denunciado, que en muchos casos se encuentra indefenso e indignado hasta llegar a la furia. En ciertas denuncias falsas, la reacción del denunciado puede parecer desporporcionada y muy perjudicial para sus propios intereses, y aunque nunca es recomendable perder el control de la situación, ni la autoestima, incluso imputado o procesado legalmente por la más maliciosa actuación de un querulante con perversas patologías clínicas, es pefectamente comprensible y no puede dejar de ser considerado con mayor benevolencia cualquier error o daño que produzcan las palabras de un denunciado falsamente, y en cualquier caso, legalmente existe una posibilidad de que la injusta condición de imputado actúe como atenuante de sus actos, y especialmente de sus palabras. Pero siempre es mejor advertir a quien acusa imputando falsamente delitos, y a quien instruye policial o judicialmente una denuncia falsa, que no se dudará en utilizar cuantos derechos asistan al imputado, sin concesiones ni descanso, aunque con ello se perjudique gravemente al malvado y al necio que no lo reconoce, incluso iniciando acciones legales por presunta prevaricación de cualquier funcionario que ignore alguno de los derechos del imputado por denuncias falsas.
La inteligencia criminológica se inicia con la separación de las subjetividades de cada uno de los interlocutores, denunciante, denunciado y juez, en su sentido más amplio, porque el problema es que, mejor o peor, y antes o después, todos los que conocen una denuncia falsa la juzgan de alguna manera, y resulta muy difícil para el denunciado informar a todos de cuando demuestra su falsedad mientras el denunciante hace lo posible por cultivar ampliamente suspicacias y sospechas. El tiempo que tarde en reaccionar cada juez para desestimar una denuncia falsa es también una precisa medida de su inteligencia y preparación.
En el primer análisis de una denuncia falsa se evidencia que intenta personalizar mucho más que tipificar, y busca el castigo mucho antes que cualquier tipo de compensación o solución adecuada al problema, porque su intención es coactiva y extorsionadora. La máxima criminológica "odia el delito, pero compadece al delincuente", es completamente opuesta a la inspira al falso denunciante, a quien suele afectarle muy poco la realidad de los hechos que define con poca precisión, y por el contrario, pretende definir muy detalladamente al denunciado y sus antecedentes personales para poder utilizar su denuncia como coacción.
También es conveniente relacionar la denuncia falsa con otros delitos, y en nuestra opinión pocos tienen tanto en común, y tan poco  esencialmente diferente a la denuncia falsa, como el "libelo". Evidentemente, publicar una información falsa, a sabiendas de que es falsa, sólo está al alcance de periodistas y editores, pero todo ciudadano siempre tiene el derecho de poder presentar una denuncia falsa en una comisaría, cuartelillo de la guardia civil o juzgado de guardia. Probablemente si pudieran, muchos falsos denunciantes preferirían utilizar un medio de comunicación en lugar, o además, de un juzgado de instrucción, pero lo cierto es que para la víctima de una falsa denuncia , o de un libelo, la defensa resulta difícil en ambos casos. No son infrecuentes los casos en los que el falso denunciante intenta dar la máxima publicidad a su alcance para la denuncia falsa, por lo que la víctima tiene abiertos dos frentes, uno en el juzgado, y otro en los medios de comunicación social, o en su entorno profesional, familiar o afectivo, por el ataque deliberado a su reputación, prestigio, seguridad jurídica, patrimonio y modo de vida.
Como toda realidad diversa y compleja, la denuncia falsa presenta una variedad de tonalidades también en la intención de quien denuncia. Pero sin duda, la más eficaz introspección se encuentra en el hecho inherente de su falsedad, en la medida en que el denunciante sea consciente de ella. Este punto es crucial para cualquier planteamiento probatorio eficaz para defensa de la víctima de cualquier denuncia falsa , como se propondrá y explicará más adelante, porque si puede demostrar que el denunciante es consciente de la falsedad, excluyendo la posibilidad de que se encuentre en un error, todo lo demás resulta accesorio, o más agravante, en la precisa denuncia contra el denunciante falseador de hechos.

Fuente: Miguel Angel Gallardo Ortiz, Criminólogo e Ingeniero

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